Preguntas y Respuestas.

Información sobre el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias.

 

¿Qué es el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA)?

¿Quién se debe inscribir en el mismo?

 Según la legislación española contenida en el Real Decreto (R.D.) 191/2011, el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos es el órgano administrativo en el que, con la finalidad de proteger la salud pública y los intereses de los consumidores, han de inscribirse todas las industrias y establecimientos dedicados a la alimentación y situados en territorio nacional a los que se refiere el artículo 2 de este R.D., así como los productos que se señalan en el artículo 3 (alimentos destinados a alimentación especial y las aguas minerales naturales y de manantial).

Se le conoce con las siglas “RGSEAA” (antes conocido como “RGSA”). Es únicamente una identificación administrativa y las empresas no están obligadas a utilizarlo en el etiquetado de sus productos. Su numeración se encuentra dividida en tres campos: la parte izquierda se compone de uno o dos dígitos (conocidos como “claves”); la parte central es un campo numérico de varios dígitos y, por tanto, los ceros a la izquierda carecen de valor; y la parte derecha se compone de las letras identificativas de la provincia en la que se sitúa el establecimiento.

Toda empresa se puede encuadrar dentro de una o varias claves. Así, por ejemplo, la clave 26 hace referencia a las comidas preparadas, alimentación especial y complementos alimenticios y la clave 40 a los almacenistas, distribuidores e importadores polivalentes.

¿Está centralizado este Registro?

 Sí. Este registro de empresas y productos tiene carácter nacional y está centralizado y unificado, aunque está gestionado por los órganos competentes de las diferentes Comunidades Autónomas de España. Es público e informativo, y se trata de una base de datos informatizada.

En el caso de HERBALIFE, por estar situada la sede social en Madrid, la gestión y los trámites del Registro Sanitario se efectúan ante las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma de Madrid que es la competente para estos temas.

¿Cómo se puede conocer la información del Registro?

 La información del Registro es pública y se puede consultar a través de la página web de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) en el apartado de Registro Sanitario de Empresas y Alimentos.

Cuando se quiere acceder a dicha información el enlace directo a dicha información en la web de AESAN es:

https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/seguridad_alimentaria/ampliacion/rgsa_empresas_inscrita s.htm

Simplemente introduciendo el nombre de la empresa en el buscador se tiene acceso a esta información.

¿Cuáles son los números de RGSEAA de Herbalife?

 Adjuntamos los números de Registro Sanitario que tiene Herbalife actualmente:

 

RGSAA

Razón Social Domicilio Industrial Localidad
26.02161/M HERBALIFE INTERNATIONAL ESPAÑA S.A. AREQUIPA 1 MADRID
40.08831/M HERBALIFE INTERNATIONAL ESPAÑA S.A. AREQUIPA 1 MADRID

En la Comunidad de Madrid existe un almacén situado en la C/ Arequipa 1, que dispone de las claves 26 y 40 de RGSEAA por la tipología de los productos.

¿Cuál es la información, a efectos de identificación de empresa, que debe figurar, de acuerdo a la legislación, en la etiqueta de los alimentos?

 La mayoría de los aspectos legislativos de los alimentos están actualmente regulados por normativas de la Unión Europea a fin de que existan unos criterios comunes que permitan un libre movimiento de alimentos entre los diferentes estados de la Unión, así como una correcta información y protección a los consumidores.

Así, el Reglamento Europeo 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de Octubre de 2011 es la norma comunitaria sobre “Información alimentaria facilitada al consumidor”, que entró en vigor el 13 de Diciembre de 2014. Si desea más información puede descargarse este Reglamento en:

https://eur-lex.europa.eu/legal- content/ES/ALL/?qid=1450096134294&uri=CELEX:32011R1169

El Reglamento Europeo 1169/2011 en su artículo 8.1 hace mención a la identificación de la empresa indicando que “el operador de empresa alimentaria responsable de la información será el operador con cuyo nombre o razón social se comercialice el alimento…”. También lo hace el artículo 9-h, indicando la obligación de incluir el “nombre o la razón social y la dirección del operador de la empresa alimentaria a la que se refiere el artículo 8.1”.

En España, el artículo 5.i del Real Decreto 1334/1999, que establece la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de alimentos, habla de la “Información Obligatoria en el Etiquetado”, y señala que la identificación de la empresa debe ser: el nombre, razón social o

denominación del fabricante o envasador, o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea, y, en todo caso, su domicilio.

Si desea más información puede descargarse este RD en: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-17996

¿Cómo se clasifican los alimentos?

 Los alimentos se clasifican en diferentes categorías en función de sus características. Esto es lo que se conoce legalmente como “Denominación de Venta” de los productos. Según el artículo 6 del Real Decreto 1334/1999, la clasificación será la denominación prevista para este producto en las disposiciones de la Comunidad Europea que le sean aplicables, y es obligatoria su mención en el etiquetado (por ejemplo, complementos alimenticios, bebidas, alimentos enriquecidos, aguas envasadas, azúcares y derivados, etc.).

La descripción de la denominación de un alimento está desarrollada en el Reglamento Europeo 1169/2011, en su sección nº 2, artículo 17.

¿Dónde lo podemos ver en las etiquetas?

 La clasificación aparece habitualmente en la parte central de la etiqueta y debajo del nombre comercial del producto. Puede ver las etiquetas de los productos de nutrición interna en el siguiente enlace:

https://herbalifeproductbrochure.com/es/

¿Qué categorías hay en los alimentos que comercializa HERBALIFE?

 Los productos que comercializa Herbalife son fundamentalmente los que se conocen como “alimentos de consumo ordinario” y “alimentos adaptados a un intenso desgaste muscular, sobre todo para los deportistas”.

Entre los productos comercializados destacan algunas categorías de alimentos como:

 

Sustitutivos de la Comida para Control del Peso.

Estos alimentos están amparados por el RD 1430/1997, de 15 de Septiembre. Trata sobre los productos alimenticios destinados a ser utilizados en dietas de bajo valor energético para control de peso. Por ejemplo: los batidos de Fórmula 1.

Complementos Alimenticios. Estos productos están amparados por la Directiva Europea 2002/46/CE y el Reglamento 1170/2009, ratificados por España mediante el RD 1487/2009.

Por ejemplo: Herbalifeline, Complejo Multivitamínico, Tabletas con Fibra y Hierbas, etc.

Bebidas. Las bebidas están reguladas por el Real Decreto 650/2011, de 9 de Mayo, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria en materia de bebidas refrescantes (B.O.E. 19.05.2011), como por ejemplo, los Concentrados de Hierbas, el LiftOff, o la Bebida con Avena, Manzana y Fibra.

Alimentos para deportistas. En esta categoría están los productos de la línea H24 (todos menos el H24 Fórmula 1, que es un sustitutivo de la comida para control de peso), como por ejemplo el H24 Hydrate (Bebida con electrolitos para atletas); CR7 Drive (Bebida hipotónica) o las bebidas mezcla de carbohidratos y proteínas con vitaminas añadidas para atletas. Se regulan por el RD 2685/1976 (modificado por el RD 1809/1991) y por la Directiva 2009/39/CE (ver Anexo I).

Para ver a qué categoría pertenecen los productos que consumimos, hay que mirar en el panel central de la etiqueta, donde siempre aparece el nombre comercial del producto y la categoría (por ejemplo, Tabletas con Fibra y Hierbas – Complemento Alimenticio).

Algunas de estas categorías de alimentos necesitan, por imperativo legal, una notificación a la autoridad sanitaria competente (Comunidad Autónoma o AESAN), previa a su puesta en el mercado. Entre ellos, por ejemplo, se encuentran los complementos alimenticios y los alimentos para deportistas.

¿Cómo se puede conocer y disponer de la legislación alimentaria?

 Esta información es pública. Se puede acceder por Internet a través de las páginas web del Boletín Oficial del Estado (www.boe.es) o de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN): www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/seguridad_alimentaria/seccion/legislacion_seg_alim entaria.htm

¿Qué es la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN)?

 La Agencia Española   de   Seguridad   Alimentaria   y   Nutrición (AESAN)   integra   y

 

desempeña, en el marco competencial de la Administración

relacionadas con la seguridad alimentaria y la nutrición saludable. las funciones

General del Estado,

 

Es un Organismo Autónomo, adscrito al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social a través de la Secretaría General de Sanidad y Consumo.

 

Sus objetivos fundamentales son:

  • Promover la seguridad alimentaria, ofreciendo garantías e información objetiva a los consumidores y agentes económicos del sector agroalimentario español.
  • Planificar, coordinar y desarrollar estrategias y actuaciones que fomenten la información, educación y promoción de la salud en el ámbito de la nutrición, y en particular, en la prevención de la obesidad.

La Agencia es también la conexión de España con la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) cuya página web es:  http://www.efsa.europa.eu

La AESAN, en España, es el organismo que coordina las actividades relacionadas con la alimentación y el Consumo y cuyas competencias están transferidas a las diferentes Comunidades Autónomas.

Para una mayor información sobre AESAN puede consultar el siguiente link: https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/agencia/seccion/sobre_aesan.htm

 

Marzo 2022.